Palma Jardin, S.A. Inversiones Pascual S.L, e Inversiones Plomer S.L
Terrenos de nuevo uso: Los propietarios tendrán en la escritura de reparcelación, previa aprobación por el Ayuntamiento de Inca, a la cesión del 10% de aprovechamiento urbanístico
NOTIFICAR a los propietarios de los terrenos comprendidos en el ámbito de dicha unidad de actuación el presente acuerdo a los efectos oportunos y con indicación de los recursos pertinentes.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 09/05/2026 - 08:34:44
ADVERTIR a la propiedad que una vez realizada la aprobación definitiva de esta reparcelación voluntaria, tendrán que proceder a la elevación a pública de la escritura de reparcelación

AYUNTAMIENTO DE INCA. Aprobación definitiva la nueva modificación del proyecto de reparcelación voluntaria relativo a la Unidad de Actuación núm. 2 (UA-2). Por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de día 29 de abril de 2026, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

APROBAR de forma definitiva la nueva modificación del proyecto de reparcelación voluntaria relativo a la Unidad de Actuación núm. 2 (UA-2) delimitada en el PGOU de Inca, presentada por las entidades Palma Jardin, S.A. Inversiones Pascual S.L, e Inversiones Plomer S.L., en su condición de propietarios de los terrenos que conforma la totalidad del ámbito de la UA-2.

COMUNICAR al Archivo de Urbanismo de las Illes Balears y al Consell Insular de Mallorca, el presente acuerdo.”. (Firmado electrónicamente: 30 de abril de 2026).

ADVERTIR a la propiedad que una vez realizada la aprobación definitiva de esta reparcelación voluntaria, tendrán que proceder a la elevación a pública de la escritura de reparcelación, previa aprobación por el Ayuntamiento, y a la cesión del 10 por 100 de aprovechamiento urbanístico o medio resultado del ámbito de esta unidad de actuación (ya realizado acuerdo Junta de Gobierno de día 24 de marzo de 2010), así como la cesión de terrenos destinados a viales, espacios y dotaciones públicas, y posterior inscripción en el Registro de la Propiedad competente; siendo íntegramente con cargo a los propietarios afectados todos los gastos de Notaría y de Registro correspondientes al otorgamiento ya la inscripción de dicha escritura pública.

PUBLICAR el presente acuerdo Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el punto de acceso electrónico municipal. NOTIFICAR a los propietarios de los terrenos comprendidos en el ámbito de dicha unidad de actuación el presente acuerdo a los efectos oportunos y con indicación de los recursos pertinentes. COMUNICAR al Archivo de Urbanismo de las Illes Balears y al Consell Insular de Mallorca, el presente acuerdo.”. (Firmado electrónicamente: 30 de abril de 2026). El alcalde-presidente, Virgilio Moreno Sarrió.

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