Proponer al órgano competente las suspensiones de licencias urbanísticas
Vea aquí a continuación todo lo que debe saber sobre las numerosas competencias de la nueva Gerencia de Urbanismo de Manacor a falta de los nombramientos
Proponer al Consejo de Gerencia para que, si cabe, se eleve al órgano municipal competente la designación y contratación de los funcionarios administrativos y técnicos que sean necesarios para desarrollar trabajos
AGENCIA MANACORNOTICIAS 25/05/2024 - 08:44:14
Redactar los instrumentos de ejecución del planeamiento que se promuevan por la iniciativa municipal, encargar su redacción, en su caso a profesionales externos y supervisar a los que se redacten por éstos

Todo sobre la nueva Gerencia de Urbanismo de Manacor: Son atribuciones del Gerente: Ejercer y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Gerencia y las resoluciones de los órganos municipales competentes en las materias en las que la Gerencia de Urbanismo ostenta competencias instrumentales. Ejercer la representación legal de la Gerencia de Urbanismo. Dirigir e inspeccionar los servicios de la Gerencia de Urbanismo, así como todas sus dependencias, ejerciendo el mando inmediato. Preparar y realizar propuesta concreta al Consejo de Gerencia en los expedientes urbanísticos relativos a las materias comprendidas en el art. 4 de este Reglamento.

Preparar y hacer propuesta concreta al Consejo de Gerencia o a su Presidente en los asuntos de sus respectivas competencias, en materia de Urbanismo. Proponer al Consejo de Gerencia para que, si cabe, se eleve al órgano municipal competente la designación y contratación de los funcionarios administrativos y técnicos que sean necesarios para desarrollar trabajos temporales, extraordinarios o especiales. Preparar y hacer propuesta concreta e informar, si cabe, con asistencia de los servicios de la Gerencia, en todas las materias de competencia propia, y de otros órganos municipales relacionadas con el urbanismo y la gestión de la Gerencia de Urbanismo.

Ordenar el inicio de expedientes de expropiación, desahucio, constitución de servidumbres, parcelación, regularización y ocupación de fincas. Ordenar el inicio de los expedientes sancionadores por infracción

Formular el programa de actuación anual de la gerencia, de acuerdo con los programas de actuación urbanística del Plan General de Ordenación Urbana que el Consell, después de su aprobación, eleve al Pleno. Presentar al Consejo de Gerencia el programa económico funcional ajustado al programa de actuación, para que éste, si cabe, lo eleve al Pleno Municipal. Suscribir la documentación de la Gerencia de Urbanismo. Redactar la Memoria de la gestión anual de la Gerencia.

Ordenar el inicio de expedientes de expropiación, desahucio, constitución de servidumbres, parcelación, regularización y ocupación de fincas. Ordenar el inicio de los expedientes sancionadores por infracción urbanística. Ordenar el inicio de expedientes de inclusión de fincas en el Registro municipal de solares de edificación forzosa. La coordinación con otros órganos o servicios municipales, como órgano único de relación con sus servicios, la presidencia y demás órganos municipales, incluidos sus miembros.

Las funciones instrumentales de carácter técnico, cuya decisión corresponde en último término al Ayuntamiento, relativas a: Elaboración de Avances de Planes y Proyectos de Planes de Ordenación, Ordenanzas de Edificación, Catálogos y otras normas urbanísticas, Proyectos de Delimitación de Polígonos o Unidades de Actuación y Sistemas de Gestión aplicables, en su caso, Estudios de Detalle, Proyectos de Delimitación del suelo urbano, Proyectos de urbanización y cuantos Proyectos de iniciativa municipal se le encomienden.

Redactar los instrumentos de ejecución del planeamiento que se promuevan por la iniciativa municipal, encargar su redacción, en su caso a profesionales externos y supervisar a los que se redacten por éstos o por la iniciativa particular, emitiendo los informes correspondientes, sometiéndolos al procedimiento adecuado para su aprobación. Programar la actuación urbanística a medio y corto plazo. Proponer al órgano competente las suspensiones de licencias urbanísticas con el fin de estudiar la formación y/o reforma del planeamiento urbanístico.

Ejecutar planes y Programas. La instrucción de expedientes de expropiación forzosa por razón de urbanismo para el cumplimiento de alguna de las finalidades establecidas en el artículo 243 y siguientes del Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, para la isla de Mallorca.

Preparar y proponer para su resolución por el órgano competente, los proyectos de instrumentos de ordenación urbanística, cuya aprobación inicial o provisional sean atribuidas al Pleno. Apoyo y asesoramiento en materia de urbanismo, incluida la elaboración de informes técnicos y jurídicos previos a la adopción de acuerdos administrativos y la redacción y tramitación de convenios urbanísticos. Actualización y gestión de la información urbanística.

Preparar y proponer para su resolución por el órgano competente la aprobación de instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general que no sean expresamente atribuidos al Pleno. Preparar y proponer para su creación por el órgano competente la aprobación el Registro municipal de solares sin edificar y edificios para rehabilitar, previsto en el artículo 115 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, y en el artículo 222 del Reglamento general para la isla de Mallorca

Asesorar al Ayuntamiento en todas las materias o actividades que se deriven de los acuerdos sobre Urbanismo y Vivienda entre las diferentes Administraciones u otras Entidades Públicas. Iniciar, tramitar y proponer resolución expedientes sancionadores por infracciones urbanísticas. Instruir y tramitar expedientes sancionadores por incumplimiento de normas sobre seguridad, salubridad e higiene y adorno de las edificaciones. Dictar instrucciones interpretativas de la normativa municipal urbanística. Las Funciones que implican ejercicio de autoridad relativas a Señalamiento de alineación y rasantes.

La concesión de licencias urbanísticas relativas a la edificación y uso del suelo al que se refiere enunciativamente el art. 145 y siguientes de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares. La concesión de licencias de instalación, de apertura y funcionamiento de establecimientos industriales o mercantiles en los que deba desarrollarse alguna actividad susceptible de control municipal de acuerdo con los planes urbanísticos y la legislación específica y la clasificación de las actividades en los términos de la delegación otorgada al Ayuntamiento de Manacor al efecto.

Expedición de informes y certificados de aprovechamiento urbanístico. Ordenar la ejecución o demolición de obras propias de las competencias que se le delegan. Asumir las competencias y funciones que en orden a la revisión de licencias otorga la legislación vigente a la Corporación. El ejercicio de las competencias correspondientes a la regulación establecida en la normativa urbanística en relación con el Registro Municipal de Solares sin edificar y edificios a rehabilitar. Proponer a la Alcaldía la aprobación de Proyectos de parcelación y reparcelación, regularización de fincas, compensación y proyectos de urbanización y dotación de servicios.

Declaración en estado ruinoso de inmuebles mediante procedimiento contradictorio, y su demolición sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas. Ordenar la ejecución de las obras necesarias para que los inmuebles e instalaciones cumplan los requisitos y normas sobre seguridad, salubridad e higiene y adorno, y, en caso de incumplimiento, realizar en ejecución sustitutoria, las obras ordenadas. Ejercitar acciones o desistir de ellas en las competencias que impliquen ejercicio de autoridad y que le han sido delegadas.

La inspección urbanística. Aquellas otras que se le atribuyan o deleguen por los órganos municipales competentes. Las facultades antes mencionadas tienen carácter enunciativo y no limitante y la competencia urbanística comprenderá aquellas que sean coherentes con las mismas al objeto de ser ejercidas de acuerdo con la legislación urbanística.

Nota al dorso: Se hacen quinielas de quién será el nuevo Gerente de Urbanismo de Manacor, el personal está revolucionado. Los poderes fácticos de MÉS-Esquerra, AIPC-SyS, PP, y PSOE ya han tomado posiciones. Se suceden las reuniones entre la fontaneria. La minoria del Gobierno beneficia a quienes mejor nadan el aguas revueltas. Hay ex-políticos de todos los colores que siguen moviendo hilos. Lo cuentan gordo. Compañeros de viaje impensables. La política tiene eso. Pronto contaremos la "Operación Calamar", no se lo pierdan será divertido. Ahora que Israel abre la mano a las nuevas tecnologías, no necesitamos órdenes del Juez para poner satélites. que divertido es Manacor.  

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Pedro
Bla,bla,bla menos gerencies i mes personal per treure es expedientes, a urbanisme ara mateix son 4 rates i mal avingudes, no te remei...
Arruix
Es departament d’urbanisme de Manacor necessita qualcú que sempre dugui a punt ses llanderes…
Juan
El gerente tiene que ser un arquitecto, que abarca mucho más conocimiento en urbanismo que un abogado
Maria del Lluc
Ja és ben hora d'un canvi de cap d'urbanisme
Jo
Molt poca feina ha fet el batle!!! Menys festes i més feina!!!!